Micelio
Auto23 de febrero de 2024

A- de 2024

Ponente Natalia Ángel Cabo

01

Temas y subtemas del fallo

Esta providencia aún no tiene temas indexados por la relatoría. La reseña de abajo resume de qué trata.
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Con el presente proveído la Sala Especial de Seguimiento a la Sentencia T-025/04 accede a la solicitud formulada por el magistrado de la Sala de Reconocimiento de Verdad y Responsabilidad y de Determinación de Hechos y Conductas de la Jurisdicción Especial para la Paz y, en tal sentido, le remite copia de los autos 092/08, 009/15, 737/17 y 515/18 junto con los anexos reservados, así como los informes allegados a la Corporación por parte de las diferentes entidades en respuesta y cumplimiento a lo ordenado en dichos proveídos.

Se advirtió a la JEP que debe asegurar la reserva de la información suministrada y mantener su custodia para efectos de proteger los derechos fundamentales de las personas cobijadas por dichas providencias.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. Primero. REMITIR al magistrado Oscar Parra Vera de la Sala de Reconocimiento de Verdad y Responsabilidad y de Determinación de Hechos y Conductas de la Jurisdicción Especial para la Paz, por intermedio de la Secretaría General de la Corte Constitucional, copias de los autos 092 de 2008, 098 de 2013, 009 de 2015, 737 de 2017 y 515 de 2018 junto con los anexos reservados, así como los informes allegados a esta Sala Especial por partes de las diferentes entidades en respuesta y cumplimiento a los ordenado en dichos autos.
  2. Segundo. ADVERTIR a la Jurisdicción Especial para la Paz que debe asegurar la reserva de la información suministrada y mantener su custodia para efectos de proteger los derechos fundamentales de las personas cobijadas por los autos cuyos anexos se remitirán.
  3. Tercero. COMUNICAR, por intermedio de la Secretaría General de la Corte Constitucional, la presente providencia al magistrado Oscar Parra Vera de la Sala de Reconocimiento de Verdad y Responsabilidad y de Determinación de Hechos y Conductas de la Jurisdicción Especial para la Paz.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Esta providencia aún no registra citas ni temas indexados en el grafo de la Corte.